| De acuerdo con el Art. 4º
de sus Estatutos, el Consorcio iniciará sus actividades,
actuando en las materias que se indican a continuación, dependiendo
su ejercicio de la efectiva asunción por parte del Consorcio
de las correspondientes competencias y servicios por acuerdo de
las Administraciones en cada caso competente:
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Impulso y terminación de los trabajos
del Plan Intermodal de Transportes del Area de Granada.
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Planificación y ordenación
de las infraestructuras y los servicios de transporte que
se declaren de interés metropolitano en el Plan Intermodal
de Transportes.
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Coordinación de los servicios,
infraestructuras e instalaciones de transporte, con promoción
de la imagen unificada del Sistema de Transportes del Area
de Granada.
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Cooperación en materia de prestación
de Servicios de Transporte, así como la construcción
y explotación de infraestructuras e instalaciones de
interés metropolitano.
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Establecimiento del marco tarifario para
la prestación de los servicios en el Ámbito
territorial del Consorcio.
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Gestión de los Servicios de Transporte
que se le atribuyan o encomienden por las Administraciones
consorciadas, incluyendo su participación en el ejercicio
de las funciones de inspección.
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Propuesta de establecimiento de tasas,
precios públicos y contribuciones especiales, de conformidad
con la legislación vigente, relacionados con el ejercicio
de sus actividades y servicios.
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